CITA
LEY DE EDUCACIÓN
SUPERIOR
Art.2.- Educación
Superior.-La educación superior con carácter de humanista, cultural y
científica constituye un derecho de las personas y un bien público social, que de conformidad
con la constitución de la republica responderá al interés público y no estará
al servicio de intereses individuales y corporativos. (Constitución Política
del Estado – Ley de Educación Superior)
PARÁFRASIS
LEY DE EDUCACIÓN
SUPERIOR
Art.2.- La educación
es de carácter humanista, cultura, es un
derecho de cada persona y es considerado
como bien público o sea de todos los ecuatorianos, y no tiene que estar al
servicio de interés privados. . (Constitución Política del Estado – Ley de
Educación Superior)
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